Especificaciones medioambientales comunes aplicables a los tubos
Directiva 2000/53/CE de la UE (VFU - Vehículos al final de su vida útil)
Se trata de una ley aprobada por el Parlamento de la Unión Europea relativa al reciclado de vehículos de motor. La parte que se aplica a Grayline es que, a partir del 1 de julio de 2003, no podrán venderse en la UE vehículos de motor nuevos que contengan plomo, mercurio, cadmio o cromo hexavalente, excepto para algunas aplicaciones específicamente definidas, entre las que no se incluyen los tubos. Dado que los vehículos fabricados en EE.UU. también se venden en Europa, los fabricantes estadounidenses han aplicado en la mayoría de los casos las mismas normas a los vehículos fabricados aquí. Todos los tubos vendidos por Grayline cumplen esta directiva, excepto algunos colores especiales que contienen plomo.
Directiva de la UE 2002/95/CE (RoHS), 2011/65/UE (RoHS2) y 2015/863/UE (RoHS3) Restricción de sustancias peligrosas
Leyes europeas que restringen el uso de sustancias peligrosas en los aparatos electrónicos. Estas leyes se aprobaron junto con otra que obliga a reciclar los aparatos electrónicos. A partir del 1 de julio de 2006, no podrán venderse en la UE aparatos electrónicos nuevos que contengan plomo, mercurio, cadmio, cromo hexavalente, bifenilos polibromados o éteres difenílicos polibromados, excepto para algunas aplicaciones específicamente definidas que no incluyen los tubos. El equipo eléctrico se define como cualquier cosa que utilice electricidad para funcionar. Todos los tubos vendidos por Grayline cumplen esta directiva, excepto dos colores especiales.
2002/95/CE se modificó el 13/10/05 para permitir el DecaBDE en aplicaciones poliméricas. El 1/7/08 se anuló la exención del DecaBDE. 2011/65/UE (RoHS2) se aprobó en 2011 con las mismas restricciones de sustancias pero con un ámbito de aplicación ampliado y requisitos de etiquetado adicionales.
El 31 de marzo de 2015 se publicó 2015/863. Esta directiva modificó la lista de sustancias restringidas añadiendo cuatro plastificantes de ftalato, incluido el DEHP o ftalato de di(2-etilhexilo). Estas nuevas restricciones entraron en vigor el 22 de julio de 2019.
2002/95/CE se modificó el 13/10/05 para permitir el DecaBDE en aplicaciones poliméricas. El 1/7/08 se anuló la exención del DecaBDE. 2011/65/UE (RoHS2) se aprobó en 2011 con las mismas restricciones de sustancias pero con un ámbito de aplicación ampliado y requisitos de etiquetado adicionales.
El 31 de marzo de 2015 se publicó 2015/863. Esta directiva modificó la lista de sustancias restringidas añadiendo cuatro plastificantes de ftalato, incluido el DEHP o ftalato de di(2-etilhexilo). Estas nuevas restricciones entraron en vigor el 22 de julio de 2019.
REACH - Registro, evaluación, autorización y restricción de sustancias y preparados químicos (Directiva UE 1907/2006/CE)
Normativa de ámbito europeo que exige que todas las sustancias químicas utilizadas en la UE estén registradas, evaluadas y autorizadas para usos específicos. Grayline fabrica "artículos" con arreglo a esta ley y actualmente no está obligada a registrar ninguna sustancia.
La ley prevé la inclusión de sustancias extremadamente preocupantes (SVHC) en el anexo XIV. Una vez que una sustancia se incluye en el anexo XIV, no puede comercializarse ni utilizarse en la UE después de una "fecha de expiración", a menos que una empresa obtenga una autorización.
Antes de incluir las SVHC en el anexo XIV, se incluyen en una"lista de candidatas a SVHC". A continuación, se someten a un proceso de priorización.
Las sustancias de la lista de candidatas deben notificarse a los usuarios de la UE. En enero de 2025, había 247 sustancias incluidas en la lista de candidatas. Dos sustancias de la lista de sustancias candidatas se utilizan en algunos de los tubos de PVC de Grayline. Se trata de UV-328 o 2-(2H-benzotriazol-2-yl)-4,6-dipentaylphenol y TPP o Triphenyl Phosphate. Consulte la política REACH de Grayline para obtener más información.
La ley prevé la inclusión de sustancias extremadamente preocupantes (SVHC) en el anexo XIV. Una vez que una sustancia se incluye en el anexo XIV, no puede comercializarse ni utilizarse en la UE después de una "fecha de expiración", a menos que una empresa obtenga una autorización.
Antes de incluir las SVHC en el anexo XIV, se incluyen en una"lista de candidatas a SVHC". A continuación, se someten a un proceso de priorización.
Las sustancias de la lista de candidatas deben notificarse a los usuarios de la UE. En enero de 2025, había 247 sustancias incluidas en la lista de candidatas. Dos sustancias de la lista de sustancias candidatas se utilizan en algunos de los tubos de PVC de Grayline. Se trata de UV-328 o 2-(2H-benzotriazol-2-yl)-4,6-dipentaylphenol y TPP o Triphenyl Phosphate. Consulte la política REACH de Grayline para obtener más información.
California Prop 65
En 1986, California aprobó una ley (proposición 65). Esta ley exige a las empresas que venden productos en California que proporcionen una advertencia "clara y razonable" antes de exponer consciente e intencionadamente a alguien a una sustancia química que figure en una lista especial CA Prop 65 de sustancias químicas que el estado ha determinado que causan cáncer, defectos de nacimiento u otros daños reproductivos. Esta lista incluye las siguientes sustancias que se utilizan en algunos de nuestros tubos: trióxido de antimonio, negro de carbón, algunos plastificantes de ftalato y cloruro de vinilo. Disponemos de una sección en nuestras fichas de datos de seguridad de materiales que aborda esta ley.
Minerales de conflicto
En 2010, se aprobó la ley estadounidense Dodd-Frank de reforma de Wall Street y protección del consumidor, que incluía requisitos para que las empresas que cotizan en bolsa informen sobre el uso de "minerales conflictivos" procedentes de la República Democrática del Congo (RDC) o países limítrofes. Estos "minerales conflictivos" incluyen el tantalio, el estaño, el oro y el tungsteno.
La política de Grayline es no utilizar materiales que contengan cualquier forma de tantalio, estaño, oro y tungsteno originarios de países "conflictivos" según la definición de la SEC. Grayline exige a sus proveedores de materiales que faciliten información sobre la presencia de "minerales conflictivos" y su origen, en caso de que existan, en los materiales que suministran.
Por lo que sabemos, todos los productos de tubería de Grayline no contienen "minerales conflictivos", a excepción de los productos de tubería GP-125 PO, GP50D-PO, BR-125 y GP80-PO. Los tubos GP-125 PO, GP50D-PO, BR-125 y GP80-PO contienen una pequeña cantidad de estabilizador a base de estaño. Según nuestro proveedor, el estaño utilizado en estos materiales procede de fundiciones "libres de conflictos".
La política de Grayline es no utilizar materiales que contengan cualquier forma de tantalio, estaño, oro y tungsteno originarios de países "conflictivos" según la definición de la SEC. Grayline exige a sus proveedores de materiales que faciliten información sobre la presencia de "minerales conflictivos" y su origen, en caso de que existan, en los materiales que suministran.
Por lo que sabemos, todos los productos de tubería de Grayline no contienen "minerales conflictivos", a excepción de los productos de tubería GP-125 PO, GP50D-PO, BR-125 y GP80-PO. Los tubos GP-125 PO, GP50D-PO, BR-125 y GP80-PO contienen una pequeña cantidad de estabilizador a base de estaño. Según nuestro proveedor, el estaño utilizado en estos materiales procede de fundiciones "libres de conflictos".